Héctor HerreraArquitecto · Diseño & Construcción

Trámites · 4 min

¿Qué es un Director Responsable de Obra y cuándo lo pide el municipio?

Quién responde legalmente por tu obra, en qué casos es obligatorio en Durango y por qué su firma no es un trámite de relleno.

Revisado el 2026-09-17

Qué es

El Director Responsable de Obra —DRO— es la persona registrada y autorizada por la Dirección Municipal de Desarrollo Urbano que responde de que tu obra cumpla el reglamento. Su firma no es un sello: es responsabilidad profesional.

Todo DRO o corresponsable debe estar refrendado en el padrón de la Dirección. Si alguien te ofrece «una firma prestada», lo que te está vendiendo es un problema.

Cuándo es obligatorio

  • En construcciones y remodelaciones mayores a 50 m²: carta responsiva firmada por el DRO y el propietario, más contrato de prestación de servicios.
  • En obras con uso distinto al habitacional, donde además se piden dictamen estructural y memoria de cálculo firmados.
  • Para la terminación de obra, que se solicita con oficio del DRO y la bitácora.

En licencias menores a 50 m² acumuladas en un año no se pide DRO, siempre que el claro crítico no exceda 4 metros. Ese «claro crítico» es el tramo más largo que la losa cruza sin apoyo: por eso una ampliación chica pero con un claro grande sí lo necesita.

Y el corresponsable

Según el proyecto, la Dirección puede pedir un Director Corresponsable de Obra: hay tipos específicos, por ejemplo para líneas eléctricas o para conexiones de agua y drenaje al romper pavimento.

Preguntas rápidas

¿El DRO es el mismo que construye?
No necesariamente. El DRO responde del cumplimiento del reglamento; el constructor ejecuta. Pueden ser el mismo despacho o no, pero conviene que estén coordinados desde el proyecto.

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