Qué es
El Director Responsable de Obra —DRO— es la persona registrada y autorizada por la Dirección Municipal de Desarrollo Urbano que responde de que tu obra cumpla el reglamento. Su firma no es un sello: es responsabilidad profesional.
Todo DRO o corresponsable debe estar refrendado en el padrón de la Dirección. Si alguien te ofrece «una firma prestada», lo que te está vendiendo es un problema.
Cuándo es obligatorio
- En construcciones y remodelaciones mayores a 50 m²: carta responsiva firmada por el DRO y el propietario, más contrato de prestación de servicios.
- En obras con uso distinto al habitacional, donde además se piden dictamen estructural y memoria de cálculo firmados.
- Para la terminación de obra, que se solicita con oficio del DRO y la bitácora.
En licencias menores a 50 m² acumuladas en un año no se pide DRO, siempre que el claro crítico no exceda 4 metros. Ese «claro crítico» es el tramo más largo que la losa cruza sin apoyo: por eso una ampliación chica pero con un claro grande sí lo necesita.
Y el corresponsable
Según el proyecto, la Dirección puede pedir un Director Corresponsable de Obra: hay tipos específicos, por ejemplo para líneas eléctricas o para conexiones de agua y drenaje al romper pavimento.